Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite totalmente la acusación fiscal en contra del ciudadano DANIEL BENITEZ CASTAÑEDA, venezolano, natural de Cumana, de estado civil soltero, de 23 años de edad, nacido el 15/09/86, de oficio moto taxi, titular de la Cédula de Identidad N° 18418206, hijo de Anais Castañeda y Daniel José Benítez, domiciliado en la Av. Panamericana, frente a la farmacia san Onofre, casa 280 Cumanà Estado Sucre, por el delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 con la agravante en el articulo 65 numeral 03 de Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARILIN DEL VALLE RIVERO; y se decreta la suspensión del proceso por el lapso de un año, y le impone como condiciones, las siguientes: 1- No volver a incurrir en hechos similares a los que dieron origen a la presente causa; 2- Comparecer por ante la Unidad Técnica.....