este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Cese de Medida interpuesta por el Abogado Carlos Zerpa y en consecuencia decreta el CESE DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD al imputado OSMAR FRANCISCO RENGEL FLEX, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-15.575.600, natural de La Guaira, Estado Vargas; casado, nacido en fecha 17-12-80, de 32 años de edad, hijo de Lilian Flex y Orlando Rengel, de profesión u oficio Licenciado en Educación, Mención Inglés; residenciado en la Avenida Arismendi, casa N° 44, Cumaná, Estado Sucre; teléfono 0414-840.96.10, impuesto en fecha 30 de Enero de 2013, que consistía en presentaciones cada 30 días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.