ESTE TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo 330 numeral 6 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano YUDALVI JOSÉ SANABRIA HERNANDEZ, venezolano, de 23 años de edad, nacido en fecha 28-10-1984, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.656.729, de profesión u oficio Indefinido, hijo de Maximiliano Sanabria y Norelys Hernández, residenciado en la Calle La Candelaria, Casa sin N°, Parroquia de Arenas, Municipio Montes, Estado Sucre, a cumplir la pena de tres (03) años de prisión, mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte, de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psi.....