Por lo que este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados MOISES JOSE AMUNDARAY, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-18.581782, soltero, natural de chacopata, sin oficio, de estado civil soltero, de 23 años de edad, domiciliado en el en la población el caimancito, parroquia chacopata, Municipio Cruz Salmeron Acosta estado sucre y AQUILES JOSE ROJAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-26.545.784, soltero, natural de chacopata, sin oficio, de estado civil soltero, de 18 años de edad, domiciliado en el en la población el caimancito, parroquia chacopata, Municipio Cruz Salmeron Acosta Estado Sucre; la cual se le iniciara por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTE DEL DELITO Y PORTE ILI.....