en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta La Privación Judicial Preventiva De Libertad en contra del imputado FRANKLIN RAFAEEL AGUILERA DIAZ, venezolano, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, nacido en fecha 14-8-1985, de 20 años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad N° 22.878.025, residenciado en Colina de Valle, casa de color Verde, N° 45, detrás de la Refinería de Puerto la Cruz , por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, tipificado y sancionado en los artículos 407 en relación con el artículo 426 del Código Penal y con fundamento en lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en sus tres ordinales, así como en los artículos 251 ordinales 2, 3 y 5 y Parágrafo Primero eiusdem. Se declara SIN LUGAR la solicitud de libertad efectuada por la Defensa Pública. Librese boleta de encarcelación y oficio al Director del Internado. Ténganse p.....