Este Tribunal Cuarto de Control ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, oída la admisión de los hechos del acusado de autos y lo expuesto por las partes pasa a Suspender el Proceso seguido al ciudadano JOSE MANUEL GOMEZ RIVAS, ser venezolano; mayor de edad, de 28 años; nacido en fecha 19-03-1982, portador de la cédula de identidad Nº 15.346.054; hijo de José Manuel Gómez Rivero y Laura Isabel Rivas; de profesión: Albañil; residenciado en Barrio Cinco de Diciembre, Calle La Otra Banda, Casa Sin Número, cerca de la cancha, Araya, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Estado Sucre, incurso en la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el Artículo 215 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; por un lapso de un (01) año, obligándose a cumplir las siguientes condiciones: 1.- Presentarse por ante el Delegado de Prueba que designe la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario. 2.-.....