este Tribunal Cuarto de Control hace efectiva la Medida Cautelar otorgada en sala en la cual se Decretó otorgarle a los imputados de Autos la Medida Cautelar Preventiva de Libertad de acuerdo al artículo 256 ordinales 3° y 9° consistentes en presentaciones periódicas cada 8 días por ante la unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial del Estado Miranda y la prohibición de portar armas por un lapso de seis meses, a los ciudadanos JESÚS ELIAS CORRO , venezolano, de 38 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-09.954.843, nacido en fecha 29-01-1968, natural de Caracas, Distrito Capital, de profesión u oficio Militar activo, residenciado en Carretera Nacional Caucagua Higuerote Sector alamina la popa parcela n° 23 Estado Miranda. LUIS ANTONIO HUISE, venezolano, de 23 años de edad, natural de Caucagua, nacido en fecha 28-09-1983 titular de la Cédula de Identidad N°. V-16.058.961, de profesión u oficio funcionario policial no activo con procedimiento administrativo, res.....