este Tribunal Cuarto de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de la defensa y DECRETA LA AMPLIACIÓN DEL RÉGIMEN DE PRUEBA a favor del acusado ANTONIO JOSÉ FIGUERA PÉREZ, venezolano, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, nacido el 13-08-87, titular de la Cédula de Identidad N° 19.893.815, hijo de Jacinto Figuera y María Dolores Pérez, y domiciliado en Vallecito Sector Los Kioscos, Carretera Cumaná ¿ Puerto La Cruz; por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana INES MARÌA BERMÙDEZ CUMANA, durante el plazo de OCHO (08) MESES mas que se comenzara a cumplir a partir de la presente fecha, en la cual deberá cumplir las siguientes Condiciones: 1.- No reincidir en las agresiones en contra de la víctim.....