este Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA para el imputado JESUS RAFAEL ROJAS, venezolano, cedulado 5.704.743, domiciliado en la urbanización Brasil, sector 03, vereda 12, casa N° 04 por estar el mismo presuntamente incurso en la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA., AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA previstos y sancionados en los artículos 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana MAYULIS MERCEDES DIAZ, venezolana, cedulada 8.441.161, residenciado en la Llanada sector 01, vereda 01, casa N° 08 de esta ciudad Cumaná Estado Sucre. En virtud de que "... a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamien.....