este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad de las previstas en el numeral 8° del artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, consistente en la constitución de fianza, respecto de los imputados JOSÉ ZENÓN SOLANO RODRÍGUEZ, de nacionalidad peruana, de 52 años de edad, titular de la cédula de identidad N° E-25.010.027, nacido en fecha 05/04/1958, de oficio aceitero y residenciado en el Sector universitario calle esperanza sin numero, detrás del estacionamiento de la buseta del Este, Punto Fijo, Estado Falcón; ROOSEVELT MOYA MUJICA, de nacionalidad costarricense, nacido en Punta Arenas Costa Rica, de 41 años de edad, titular de la cédula de identidad N° E-6.230.013, nacido en fecha 06/12/1969, de oficio Marino y residenciado en Costa Rica Punta Arenas, Cartón Central, República de Costa; y respecto de los.....