Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano Juan José Vera Villarroel, venezolano, de 22 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.267.857, soltero; de profesión u oficio charcutero y estudiante, nacido en fecha 30-10-1987, hijo de Juan José Vera y Yamilet Villarroel, y residenciado en Cocollar, Barrio Mario Parra León, Casa S/N, como a 100 metros de la Escuela Bolivariana Monseñor Arias Blanco, Municipio Montes del Estado Sucre; a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley; por la comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 2, del Código Penal, en relación con el artículo 77, numerales 5, 8 y 12, ejusdem, en perjuicio del hoy occiso Joseph Gregorio Kabbabe .....