este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite totalmente la acusación fiscal y en consecuencia, suspende condicionalmente el proceso, en la causa seguida en contra del ciudadano FREDDY RAFAEL BARTOLOZZY BLONDER y se le imponen las siguientes condiciones: 1. El acusado deberá Someterse al Control y Vigilancia de miembros de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 3, ante la cual deberá comparecer; Unidad que será oficiada con copia de la decisión y deberá designar un delegado de prueba para supervisar el cumplimiento de las condiciones que se imponen y quien deberá informar a este Despacho, sobre el cumplimiento o no de las condiciones impuestas. 2. Se le prohíbe que incurra en hechos similares a los que dieron origen a la presente causa. 3. Se le prohíbe acercarse a las víctimas y sus familiares.