este Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, De conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal Acuerda con Lugar la solicitud Fiscal y en consecuencia, Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del imputado JHON JUNIOR HERNÀNDEZ, de nacionalidad Trinitaria, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-82.296.298, natural de Trinidad y Tobago, soltero, nacido en fecha 06-01-1967, de oficio comerciante, hijo de los ciudadanos Jhon Hernández y Unes Hernández, residenciado en: La Urbanización Brisas del Golfo, calle A, Casa Nº 278, Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILÌCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y control de Armas y Municiones, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y HOMICIDIO INTENCIONAL CAL.....