ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numeral 6 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA A CUMPLIR LA PENA DE un (01) AÑO DE PRISIÓN al ciudadano KELVIN RICARDO ARCAS BARRETO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-19.083.411, nacido en fecha 22-03-1982, natural de Cumaná; soltero, de 28 años de edad, de oficio Albañil, hijo de Albanelys Barreto y Hernán Arcas, residenciado en Cumanacoa en la Avenida San Antonio José de Sucre, casa 05 al frente de la Policía del Municipio Montes, Estado Sucre la cual se le iniciara por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES previsto y sancionado en el articulo 415 del Código Penal en perjuicio de VICTOR LUIS BOADA SALAZAR, Pena ésta que terminará de cumplir aproximadamente en el año 2012.