este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal, de Cumaná, del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO: ACUERDA la SUSTITUCIÓN de la Medida de Privación Preventiva de Libertad, a la imputada MARIA FRANCIA GUEVARA LICET, venezolana, titular de la cedula de identidad N° 19.537.225; por la medida de DETENCIÓN DOMICILIARIA, a cumplir en la Calle Pinto Salinas del sector Cascajal viejo, casa numero 27 de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre; todo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 256 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, los artículos 245 y 264 de la Ley Adjetiva Penal, y artículos 42, 44, y 83 de la Carta Magna.- SEGUNDO: Acuerda oficiar a Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, notificando de la Sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por la Medida de Detención Domiciliaria que habrá de .....