este Tribunal acuerda como plazo para que el Ministerio Público presente el respectivo acto conclusivo en la presente causa, a tenor de lo previsto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, NOVENTA (90) DÍAS, los cuales se contarán a partir de la presente fecha y ASÍ SE ACUERDA. Se acuerda remitir a la Fiscalía Primera del Ministerio Público las presentes actuaciones adjunto oficio, a los fines que las mismas sean agregadas a las actuaciones originales cursantes por ante ese despacho con el Nº 19F01-1C-1120-07. En virtud que esta decisión fue dictada en audiencia oral, en presencia de las partes téngase por notificadas conforme al artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal..