Este Tribunal Primero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta : PRIMERO: Declara con lugar la solicitud de la defensa, de no admitir la acusación, por presentar la misma defectos, el fiscal puede subsanarlos para continuar con el proceso. SEGUNDO: De conformidad a lo establecido en el numeral 5 del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado acuerda imponer a los ciudadanos CÉSAR ALEXANDER RIVERO HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad N°. 13.539.998, e ISRAEL JESÚS ORTIZ MÁRQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N°. 14.126.636, de conformidad con los artículos 256 numeral 8 y 257 del Código Orgánico Procesal Penal, medida cautelar con caución económica consistente en la presentación de dos fiadores cada uno, que perciban la cantidad de treinta (30) Unidades Tributarias, las cuales deberán presentar Constanci.....