este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 250 del Código Orgánico Procesal Penal y 141 de la Ley Orgánica de Drogas, otorga la LIBERTAD inmediata al ciudadano HENRY LUIS GARCIA GUTIERREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 18.211.744, de veintitrés (23) años de edad, nacido en fecha 25-11-1987, residenciado en el salado, frente a los astillero, casa sin número, teléfono 0293-6440751, Cumaná, Estado Sucre, en relación a la presente causa.-