ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numeral 6 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, admitida totalmente la acusación fiscal y admitidos los hechos para imposición de la pena por parte de los acusados, CONDENA a los ciudadanos MILAGRO DESIREE CARABALLO, venezolana, nacida en fecha 07-02-74, de 34 años de edad, soltera, de oficio obrera, titular de la cédula de identidad N° 14.816.786, y residenciada en Barrio la Esperanza, Sector Villa las Torres, por Brasil Sur, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, y JUAN ANTONIO SALAZAR MARQUEZ, venezolano, nacido en fecha 24-06-64, de 44 años de edad, soltero, de oficio constructor, titular de la cédula de identidad N° 10.465.442, y residenciada en Brasil Sur, Sector Villas Las Torres, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre; por la comisión de los .....