Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Primero de Control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD a la imputada KARINA DEL VALLE MATA DE FIGUERA venezolana, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.288.626, fecha de nacimiento:27-08-1974, ocupación: obrera, hijo de MIRIAN MATA y RAFAEL FIGUEROA, casada, residenciada en el sector 04 Rumbos de Pantoño, Estado Sucre, vía principal Cariaco Casanay Estado Sucre , por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el trafico ilícito y consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Todo de conformidad con los artículos 250 y 251 ordinal 2° y 252 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boleta de encarcelación junto con oficio al Internado Judicial de Cumaná. Se imprimen tres ejemplares de un.....