Este Tribunal Primero de Control, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta la suspensión condicional del Proceso por el lapso de un (01) año, al ciudadano CLAUDIO JOSÉ BERMÚDEZ VICENT, de 24 años, titular de la cédula de Identidad Nº 17.446.640, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltero, de oficio comerciante, natural de Cumaná, nacido en fecha 10-11-85, hijo de Jenny Vicent y Claudio Bermúdez; con residencia en Caigüire, calle la marina, casa S/N°, al frente del bombeo, Cumaná, Estado Sucre,a quien se le sigue la presente causa por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, contemplado en los artículos 42 de Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, cometido en contra la ciudadana RICARDA FELICIA CÓRDOVA; y se le imponen como condiciones, las siguientes: 1.- No reincidir en las agresiones en contra de la víctima ni de otras mujeres, por si solo ni por medio de terceros 2.- Pre.....