ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación fiscal en contra del ciudadano JOSÉ DEL VALLE MONTES MARTÍNEZ, venezolano, de 53 años de edad, titular de la Cédula de identidad N° 4.946. 175, de estado civil soltero, natural de Carúpano, nacido en fecha 30/09/1957, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la Urbanización Lomas del Mar, terraza 04, Casa N° 02, al lado de la UDO, Barcelona, Estado Anzoátegui; por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; y en consecuencia, dicta auto de apertura a juicio oral y público. Como consecuencia de la presente decisión, se decreta el cese de la medida cautel.....