este Tribunal Primero de Control, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda CON LUGAR la solicitud Fiscal y en consecuencia adopta las siguientes Medidas de Protección a favor de la víctima, ciudadano YOLIMAR DEL VALLE RANGEL FIGUEROA, venezolana, de 35 años de edad, casada, de ocupación las propias del hogar; domiciliada en Campeche, sector 03, calle 11, casa N° 12, Cumaná, Estado Sucre, y su núcleo familiar: PRIMERO: Recorridos policiales constantes por las adyacencias del domicilio de la víctima, con visitas domiciliarias permanentes, al ejecutar los precitados recorridos, por un lapso de seis meses contados a partir de la presente fecha; labor que se encomienda esté a cargo de funcionarios policiales adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, preferiblemente pertenecientes al Comando de Policía Municipal con sede en esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre.- SEGUNDO. Completa disposición de los funcionarios de seguridad del Est.....