Así mismo, SE ACUERDA Oficiar al Comandante General de Policía al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a nivel regional y nacional fin de que se haga efectiva esta orden y una vez aprehendido a los Ciudadanos: : VÍCTOR HUGO OCAMPO GONZÁLEZ, de nacionalidad Colombiana, natural de Calí; de 55 años de edad, de profesión veterinario, residente en la finca Caicuse en Río Chico, estado Miranda domiciliado en calle quinta oeste, N° 51-12, Belisima, Tulúa, Colombia, hijo de Juan Ocampo y Luisa González y CARLOS HUMBERTO ZULOAGA, venezolano, cedulado 19.681.669, residenciado estado miranda, río chico, quinta Caicuse, carretera nacional numero 6, deberá ser puesto a disposición de la Fiscalia Octava del Ministerio Público del Estado Sucre. Notifíquese a la Fiscalia y a la Defensa, Ofíciese las respectivas ordenes de aprehensión a las diferentes cuerpos policiales a nivel regional y nacional, se acuerda oficiar a la unidad de alguacilazgo a fin .....