Visto que el acusado manifestó no admitir los hechos y proceder a ir a juicio oral y público es por lo que este tribunal de conformidad al contenido del articulo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal en Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta auto de apertura a juicio en contra del acusado WILLIANS JAVIER URBANEJA URBANO; venezolano, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.884.759, fecha de nacimiento:06-05-1980, ocupación: Buhonero, hijo de Regino José Urbaneja y Santa del Valle Urbano residenciado en Santa Fe, calle la planta, cerca de la playa detrás el estadio, Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de ROBO GENERICO previsto y sancionado en el artículo 455 Código Penal, respectivamente, en perjuicio de ANNEKE WARGENBACH y se ordena la apertura a juicio oral y Público, emplazándose a las partes para que en un lapso de cinco (05) días concurran por ante el Jue.....