Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana GILDA MATA CARIACO, Abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 25.516, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa; contra la Sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha Veintiuno (21) de Junio de 1.997. En consecuencia, DECLARA CON LUGAR la demanda que por INTERDICTO RESTITUTORIO intentara la ciudadana CARMEN NOELIA ZERPA de JIMÉNEZ; contra los ciudadanos MIREN BERGOÑA PEREZ BILBAO, AGUSTÍN PEREZ BORRICÓN, DOÑA JUSTA URRAZA LARREA, JOSEBA PEREZ BILBAO, PRUDENCIO AGUIRREZABALA PEREZ, ROMAN AGUIRREZABALA MUGURUZA, JULIA PEREZ BORICÓN, IDELFONSO.....