Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano CARLOS CASTILLO CORDERO, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 60.238, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en la presente causa; contra la Sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha trece (13) de Agosto de 2.001. En consecuencia, DECLARA SIN LUGAR la demanda que por INTERDICTO RESTITUTORIO intentara el ciudadano CARLOS CASTILLO CORDERO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad Mercantil "DESARROLLO LAS CHARAS, C.A.", suficientemente identificados en autos; contra la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORROS Y CRÉDITO DE LOS TRABAJADORES DE LA.....