Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, SIN LUGAR la RECUSACION formulada en fecha 08-11-16, por el Abogado en ejercicio GONZALO ERNESTO BRICEÑO M, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.414, en su carácter de acreditado en autos, alegando para ello la causal contenida en el Ordinal 15 del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en contra de la abogada MARIA DE LOS ANGELES ANDARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.763.097, y de este domicilio, en su carácter de Jueza Provisorio del Juzgado Tercero, de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. Relacionado con el juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION interpuesto por la ciudadana PAULA ANDREA ESTRADA GONZALEZ contra las ciudadanas FRANCIS TOBIA PEREIRA Y GABRIELA TOBIA PERE.....