Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio Rafael Alberto Latorre Caceres, inscrito en el I.P.S.A bajo el número 32.028, parte demandante, actuando en su propio nombre y representación en contra de la sentencia de fecha 19 de marzo de 2021 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, que declaro la Perención de Instancia.
Segundo: se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia dictada en fecha 19 de Marzo de 2021, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.