Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño, Niñas y Adolescentes y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO el recurso de hecho interpuesto por el abogado FRANCISCO J. GIL HERRERA, IPSA N° 97.215 contra el auto dictado de fecha 14-07-2015 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.