Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Superior actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el ciudadano JESUS REAL MAIZ. En consecuencia, se ordena oír apelación del auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre en fecha 17 de Enero de 2.005, en un solo efecto. Así se decide