Con fundamento a las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de Niño, Niñas, Adolescentes, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: SIN LUGAR la recusación propuesta contra la abogada. MARIA DE LOS ANGELES ANDARCIA, en su carácter de Juez Provisorio del Tribunal de Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano PABLO JAVIER LAYES MEZZOROTOLO, venezolano, mayor de edad, divorciado, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-24.129.118, domiciliado en la Urbanización Villa Dorada, Casa Nº 11, vía el Peñón, Municipio Sucre Estado Sucre, debidamente asistido para la oportunidad por el abogado en ejercicio JESUS REAL MAYZ, IPSA N° 33.439, en fecha 07/12/.....