Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño, Niñas, Adolescentes y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha dieciocho (18) de Abril de 2013, por el ciudadano JOSÉ MANUEL LÓPEZ MATA, debidamente asistido por el abogado en ejercicio SANDY ROJAS FARIAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 48.614, contra la sentencia dictada en fecha dos (02) de Abril de 2013, por el Juzgado del Municipio Ribero del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en el que se declaró: "PRIMERO: CON LUGAR la demanda que POR NULIDAD DE DOCUMENTO DE VENTA intentara la ciudadana: GLORIS DEL VALLE NUÑEZ VASQUEZ venezolana, mayor de edad, docente, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad N° V-9.976.744;.....