DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada LOVELIA MARCANO MUÑOZ, actuando con el carácter de Fiscal Primera del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, contra el auto dictado por el Tribunal Tercero de Control del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, en fecha 15 de febrero de 2008, mediante la NEGÓ La Solicitud de Ejecución de Medida de Protección presentada por la representante del Ministerio Público a favor de la ciudadana víctima LUISA SILVIA HIGUEREY DE ALCÁZAR, y en contra de los imputados ELIZABETH ALCÁZAR DE LÓPEZ y JUAN DEMETRIO ALCÁZAR HIGUEREY.-
Publíquese, regístrese y decídase en su oportunidad legal.-