Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado WUILLIANS JOSE LEMUS, en su carácter de Defensor Privado de los imputados MARCOS NUOVO BRACHO y JHONNY JOSE DIAZ MENDOZA, contra decisión dictada por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 24-09-2004, mediante la cual se decreto MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD a los imputados, JHONNY JOSE DIAZ MENDOZA, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS PROVENIENTES DEL ROBO, y MARCOS NUOVO BRACHO, por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULOS AUTOMOTOR Y APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS PROVENIENTES DEL ROBO, en perjuicio de JOSE GREGORIO VASQUEZ FARIÑAS y JESUS MIGUEL HERNANDEZ RAVAGO.- SEGUNDO: SE CONFIRMA la d.....