Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada LOURDES SALAZAR SALAZAR, en su carácter de Jueza Superior de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, para abstenerse de conocer la causa penal número RP01-R-2017-000516, en virtud del Recurso de Apelación interpuesto por el abogado JESÚS ANTONIO DUQUE SALAYA, en su carácter de Defensor Privado, en contra del decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, en fecha 19 de octubre del año 2017, mediante la cual declaró SIN LUGAR, el decaimiento de la medida de privación judicial penal preventiva de libertad, en contra del acusado JUAN CARLOS CAMERO, a quien se.....