DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Con Lugar la Revisión de la Medida Cautelar de Fianza, y se sustituye por una Medida Cautelar con Caución Juratoria, a favor del imputado VALENTIN RAMON PLACENCIO, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, de 40 años de edad, titular de la Cedula de Identidad Número V- 15.114.271, soltero, nacido en fecha 11/09/1977, ocupación u oficio electricista, hijo de Esther Placencio y Valentín Placencio, Residenciado Caserío San Luís, Casa S/N, Cerca de la Aldea de los adultos mayores Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 Numerales 3° y 6° del Código Penal, en perjuicio de YOHAMA SAID CAROLINA OCAÑA LEZAMA. Asimismo,.....