Con Fundamento en todo lo expuesto, este Tribunal Mixto Primero de Juicio, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, por UNANIMIDAD Resuelve: PRIMERO: Se ABSUELVE al acusado PABLO AGUSTIN VELASQUEZ MOTA, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.212.098, 21 años, domiciliado en la Llanada Sector 1, Vereda 10, Casa N° 1°, Cumaná Estado Sucre, de la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley sobre el hurto y robo de vehículos automotores en perjuicio del ciudadano DOMINGO ANTONIO LEMUS GUZMAN. SEGUNDO: se declara CULPABLE a los acusados PABLO AGUSTIN VELASQUEZ MOTA, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.212.098, 21 años, domiciliado en la Llanada Sector 1, Vereda 10, Casa N° 1°, Cumaná Estado Sucre y CARLOS EDUARDO DIAZ DIAZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.239.256, 22 años, domiciliado en la Llanada, Sector 1, de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, .....