DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente señalados, este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA PRIVACIÒN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los imputados ELEAZAR ENRIQUE ROMERO, venezolano, de 36 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.287.689, nacido en fecha 17-01-1971, natural de El Pilar, Estado Sucre, casado, de profesión u oficio Agricultura y construcción, residenciado en El Pilar, calle Pueblo Nuevo, casa s/n, cerca de la plaza del Pilar, municipio Benítez del Estado Sucre, hijo de Petra Romero y Víctor Pérez y YARIBEL DEL CARMEN BARRETO BELLORIN, venezolana, de 30 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.282.619, nacida en fecha 22-08-77, natural de Caracas, Distrito Capital, soltera, de profesión u oficio Estudiante, residenciada en El Pilar, Calle Pueblo Nuevo, Invasión Tomas Melet, cerca de la Plaza, Mun.....