Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a la ciudadana: ELIANNY DEL VALLE RIVERA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V-19.908.478, de estado civil soltera, de profesión u oficio estudiante, nacido en fecha 22-10-88, hija de Doris López y Domingo Rivera, y residenciada en la Rinconada de Macarapana, Calle Principal, Casa S/N, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por su presunta participación en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 ordinal 3 del Código Penal, en perjuicio de la Ciudadana DAISY JOSEFINA VASQUEZ FARIAS. Se deja constancia que se prescindió de emitir el pronunciamiento de la solicitud fiscal en Audiencia Oral (debatir los fundamentos de la solicitu.....