Por los razonamientos antes expuestos, el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, ACUERDA DECLINAR LA COMPETENCIA de la presente causa al el Juzgado Décimo de Control del Circuito Judicial Penal Carora estado Lara, atendiendo a lo dispuesto en el articulo 80 del Código Orgánico Procesal Penal; por encontrase el ciudadano MARIO ALEXANDER CUICAS HERRERA, quien es Venezolano, natural de Ciudad Carora, de 31 años de edad, nacido en fecha: 20/11/84, de profesión u oficio Chofer, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de identidad V- 16.442.547, y residenciado en: en Guiria, calle independencia, casa Sin Numero, municipio Valdez, Estado Sucre; solicitado por el Juzgado Décimo de Control del Circuito Judicial Penal Carora estado Lara, expediente Nro. KP11-2013-001625, de fecha 02/07/2014, por el Delito: hu.....