DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda una medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de las previstas en el articulo 256 ordinal 3 con presentaciones cada treinta (30) días, por el lapso de Seis (06) meses, a los ciudadanos Jesús Antonio Díaz Valerio, quien es venezolano, de 59 años de edad, de estado civil soltero, fecha de nacimiento 03-10-48, hijo de Gregorio Díaz y Delfina Valerio, titular de la Cédula de Identidad N° 03.425.031, de profesión u oficio operador de Maquinas pesadas, y domiciliado en: Guasimal Arriba, vía el Pilar, Carretera Nacional, Casa S/N, cerca del restauran los Bohios, Carúpano, Municipio Benítez, Estado Sucre; y Pedro José Obando Díaz, quien es venezolano, de 30 años de edad, de estado civil soltero, fecha de nacimiento 08-01-77, hijo de J.....