DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN del Ministerio Público y en consecuencia SE ORDENA EL ENJUICIAMIENTO del Adolescente "OMISIS", por estimarlo presuntamente incurso en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR, tipificado en el artículo 458 en relación con el artículo 83, ambos del Código Penal Venezolano, en perjuicio del adolescente "OMISIS", todo conforme a lo establecido en el artículo 578 Literal "A" en concordancia con el artículo 579 Literal "A", "B", "C", "D", "E", "F", "G", "H" e "I" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente
SEGUNDO: SE ADMITEN LOS MEDIOS DE PRUEBAS ofrecidos por la Representación Fiscal en su escrito de acusación, conforme a lo establecido en el art.....