Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la CUESTION PREVIA contemplada en el ordinal 2º del artículo 346 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, opuesta por el abogado en ejercicio ARMANDO RAFAEL NOYA MEZA, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el número 28.092 y con domicilio procesal en la Calle Sucre, Centro Comercial Cumaná, Local número 1, Parroquia Santa Inés, de esta ciudad de Cumaná, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE LUIS FERNANDEZ DOMINGUEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.6.305.923, domiciliado en la ciudad de Caracas, representante legal de la Sociedad, Mercantil "ALMACENES SOLYMAR" C.A. suficientemente identificada en los autos, en el juicio .....