Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley CONDENA al acusado; ALEXANDER JOSÉ LAREZ SÁNCHEZ, titular de la Cedula de identidad N° 25.557.841, venezolano, soltero, de 20 años de edad, nacido en fecha 27-06-86, de profesión u oficio Agricultor, hijo de Juan Erminio Larez y Santa Sánchez y domiciliado en el caserío Valencia, Calle Principal, Casa S/N, Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, a cumplir la pena de Nueve (09) años de Presidio, más las accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, en virtud de encontrarlo incurso en la comisión del delito de Homicidio Simple, Previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del hoy occiso Yordani José Hernández Marchan; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 37.....