Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano Isrrael David Guilarte Ugas, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 19 años de edad, soltero, de profesión indefinida, nacido en fecha 26/07/1988, titular de la cédula de identidad N° 18.789.975, y residenciado en el sector la Ceiba, Casa S/N, San Martín, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por considerarlo incurso en la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1, del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera el nombre de Alexander Rafael Mata Salinas; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, numerales 1, 2 .....