En mérito y con fundamento a cada uno de los razonamientos expuestos en el cuerpo del presente fallo, este Tribunal de Mediación, Sustanciación, Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la Homologación de Autorización de Viaje, interpuesta por la ciudadana MARÍA CECILIA BRUZUAL LOSSADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.345.431, de este domicilio, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio NILDA MARTINEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 284.924, procediendo en este acto previo Poder Especial Notariado otorgado por el ciudadano MIGUEL RAMON RODRIGUEZ FIGUEROA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 16.997.204 a la ciudadana MARÍA CECILIA BRUZUAL LOSSADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.345.431, en.....