En consecuencia; éste Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la prórroga solicitada por el Ministerio Público, en el asunto seguido al imputado JUAN CARLOS OBANDO HERNÁNDEZ, Venezolana, titular de la cedula de identidad N° 14.290.986, soltero, de 31 años de edad, nacido en fecha 31-10-75, de profesión Carpintero, hijo de Aníbal Antonio Obando y Ana Hernández, domiciliado en Guayacán de la Flores, sector 1, calle 2, casa 26, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por un lapso de Quince (15) días continuos, contados a partir del día 08 de Junio del año 2007, la cual vencerá el día 22 de Junio del 2007; ello a los efectos de que presente el acto conclusivo respectivo en la presente causa, todo de conformidad con lo dispuesto en los apartes 4° y 5° del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de encontrarlo incurso en el delito de O.....