DISPOSITIVA:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, Niega la Solicitud de la Defensora Pública, de Sustitución de la Medida Privativa Preventiva de Libertad, por una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, para el Imputado PEDRO LUIS ROJAS ANDARCIA, quien es de nacionalidad Venezolana, Titular de la cedula de Identidad Nº 18.413.513, de 32 años de edad, natural de Carúpano, municipio Bermúdez del estado Sucre, de oficio Herrero, estado civil Soltero, nacido en fecha 09/01/1985, residenciado en Sector la Rinconada, casa s/n, cerca del ambulatorio, Playa Grande, Carúpano Estado Sucre, Teléfono 0294-3315967, quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión de los delitos de SECUESTRO AGRAVADO, previsto y sancionado en el art.....