Por todo lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR EXTINCION DE LA ACCION PENAL, seguida en contra de JUAN GONZALEZ, por la comisión del delito de CONTRA LAS PERSONAS, tipificado en el Código Penal, en perjuicio de CARLOS ANTONIO CHALLA CARABALLO, en virtud de que la acción penal se ha extinguido, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 1°, en concordancia con el artículo 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión y remítase al Tribunal de Ejecución en su debida oportunidad. Así se decide; Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
Abg. Ramón José Ponce.
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